PLANES DE JUBILACIÓN

Nuestro principal objetivo es proporcionar información relevante acerca de su Plan de Jubilación. Las disposiciones de los planes de pensiones son supervisadas por el Comité del Plan de Jubilación y de Seguro de Vida, el cual está presidido por el Presidente del Grupo BID e incluye Directores Ejecutivos y la Alta Administración del BID y representantes electos del personal activo y jubilado.

Documento del Plan de Jubilación del Personal Internacional

Informes Anuales

Ajustes de Costo de Vida (COLA)

Los planes contemplan ajustes anuales por el costo de vida (COLA, por su sigla en inglés) a las pensiones recibidas por los jubilados y sus beneficiarios. El ajuste por costo de vida correspondiente es efectivo el 1 de enero de cada año y será reflejado en todas las pensiones.

Documento del Plan de Jubilación del Personal Local

Informes Anuales

Ajustes de Costo de Vida (COLA)

Los planes contemplan ajustes anuales por el costo de vida (COLA, por sus siglas en inglés) a las pensiones recibidas por los jubilados y sus beneficiarios. El ajuste por costo de vida correspondiente es efectivo el 1 de enero de cada año y será reflejado en todas las pensiones.

Sistema de Autoservicio (SAJ) o RSS (Retiree Self Service por su sigla en inglés)

El Sistema de Autoservicio (SAJ) o RSS (Retiree Self Service por su sigla en inglés), es una herramienta en línea para ayudar a los jubilados, incluyendo a los beneficiarios sobrevivientes, a utilizar de manera segura los servicios del BID en cualquier momento y desde cualquier lugar con acceso a Internet.

 ¿Qué se puede encontrar en el Autoservicios para jubilados?

  • Boletas de pago: Los jubilados pueden ver su boleta de pago más reciente, el primer día de cada mes. También pueden ver sus recibos de pago anteriores en cualquier momento.
  • Carta de verificación de pensiones: Los jubilados pueden descargar e imprimir una certificación oficial de pensión en segundos. Ya no tienen que esperar para que se les envíe por correo.
  • Información de datos personales y de beneficiarios: Los jubilados pueden gestionar sus datos personales y la información de los beneficiarios en tiempo real.
  • Formulario de impuestos para residentes estadounidenses: Los jubilados que pagan impuestos en los Estados Unidos, pueden descargar e imprimir el formulario 1099 para procesar sus impuestos.

¿NECESITAS AYUDA APARA INGRESAR A TU CUENTA DEL RSS?

Correo electrónico: vpf/srp@iadb.org
Teléfono: +1 (202) 623-3560
(de lunes a viernes, de 9:30 am a 5:00 pm, hora de DC)
Página web: https://www.iadb.org/es/retirees/jubilados

Los planes de pensiones prevén ajustes anuales del costo de la vida (COLA) para las pensiones que reciben los jubilados y los beneficiarios. El COLA entra en vigor el 1 de enero de cada año y se reflejará en todas las pensiones.

Jubilados Internacionales

De conformidad con el Artículo 15 del Plan de Jubilación del Personal (PJP), las pensiones se ajustan de acuerdo con las variaciones del Índice de Precios al Consumidor de los EE.UU. para todos los consumidores urbanos en una ciudad promedio de los Estados Unidos (IPC-U), que publica el Departamento de Trabajo de dicho país. El ajuste por costo de vida se hace efectivo el 1 de enero de cada año y se basa en el cambio del IPC-U registrado entre el mes de noviembre dos años antes hasta el mes de noviembre del año anterior.

Asimismo, la sección 9 del Artículo 15 del Documento SRP indica que cuando el incremento del IPC-U sea superior al 5%, el Comité de Pensiones, previa consulta con el Banco, podrá otorgar un complemento de pensión igual a la totalidad o parte del exceso más allá del 5%.

Jubilados Nacionales

Se ajustan para reflejar el porcentaje de aumento del Índice de precios al consumidor (IPC) para cada país en un período de doce meses que finaliza en noviembre del año anterior, con base en las Estadísticas Financieras Internacionales (IFS) publicadas por el Fondo Monetario Internacional (FMI), o cualquier otro índice adoptado en su lugar según lo aprobado por el Comité de Dirección.

Para mas información sobre ajustes por costo de vida para jubilados internacionales y nacionales, por favor referirse a la última versión disponible del reporte anual del plan internacional o local, como corresponda.

Información General en caso de fallecimiento de un jubilado o conyuge

El beneficiario debe de ponerse en contacto con la Oficina de los Planes de Jubilación por cualquiera de los siguientes medios:

Teléfono principal de la oficina: +1 (202) 623-3560
Correo electrónico: vpf/srp@iadb.org
Correo regular:
Staff Retirement Plan 
Inter-American Development Bank
1300 New York Avenue N.W. Stop EO507
Washington, D.C. 20577

Una vez informados del fallecimiento, la Oficina de los Planes de Jubilación actualizará sus registros y enviará información sobre los beneficiarios, beneficios de sobreviviente y seguro de vida solamente al beneficiario o al apoderado. Por consiguiente, sugerimos que mantengan actualizado el Formulario de Carta Poder.

Favor tomar en cuenta que el último pago de la pensión mensual del jubilado fallecido se hará al final del mes en el cual falleció el jubilado, en la misma manera establecida. En consecuencia, se recomienda no cerrar la cuenta bancaria hasta el mes siguiente.

Si el jubilado es sobrevivido por un cónyuge calificado, el/la cónyuge tendrá derecho a una pensión vitalicia. Si el retirado no tenía cónyuge calificado, la Sección 4.5(f)(ii) del Plan de Jubilaciones establece que se pagará una suma global a los beneficiarios designados en nuestros archivos. Por consiguiente, sugerimos que mantenga actualizados los formularios de Designación de Beneficiarios.

Si el jubilado es sobrevivido por un cónyuge calificado, al fallecer dicho cónyuge se terminan los beneficios del plan.

Adicionalmente, los jubilados y sus cónyuges tienen el beneficio de un seguro de vida, el cual se pagará a los beneficiarios designados en nuestros archivos. El monto de ese beneficio es variable, dependiendo de la opción que haya seleccionado el jubilado a la fecha de su jubilación, pero no será inferior a $10.000 para el retirado o $5.000 para el cónyuge. Si el jubilado tomó la Opción Alta, el monto no podrá ser inferior al 10% del último salario o $15.000, el que sea mayor. La Opción Alta para el cónyuge es $7.500. El pago de este beneficio está sujeto a retenciones por pagos en exceso que pudieran haberse realizado y el jubilado esté en deuda. Por lo tanto, se necesitará verificación y autorización de las oficinas del Seguro Médico, Impuestos y Nómina.

La documentación siguiente debe ser enviada a la Oficina de los Planes de Jubilación para proceder con el pago de los beneficios descritos anteriormente:

  • Certificado de Defunción; original o copia certificada.
    Solicitud de pensión de sobreviviente o Autorización para el pago de beneficios de sobreviviente firmada por cada uno de los beneficiarios, según corresponda. Los formularios serán enviados a los beneficiarios.
  • Autorización para el pago del Seguro de Vida, firmada por cada uno de los beneficiarios. Los formularios serán enviados a los beneficiarios.
  • Copia de la declaración de impuestos y Formulario 1R, si el jubilado recibía anticipo de impuestos.
    Copia de cualquier identificación legal con fotografía como Cédula de Identificación Nacional, Pasaporte, Licencia de Conducir, etc., de cada uno de los beneficiarios.
  • Copia de un cheque anulado para cuentas corrientes o de un estado de cuenta bancaria para cuentas de ahorros, donde figure el nombre del beneficiario y número de cuenta para verificación.
  • Debido a que el BID solo efectúa pagos por vía electrónica a cuentas bancarias a nombre de los beneficiarios, favor indicar el tipo de cuenta bancaria que poseen. Si el Banco está fuera de los EEUU, se debe enviar adicionalmente el formulario para depósitos en el exterior, ya que el pago se hará vía SWIFT.

Para preguntas, favor comunicarse con la Oficina de los Planes de Jubilación.

Actualizado en abril de 2020.

SRP-668 Tarjeta de Designación de Beneficiarios

Oficina del Plan de Jubilación:
Dirección:
1300 New York Ave, NW, Stop E-507
Washington, DC 20577
Oficina: SE 539
Teléfono: +1 (202) 623-3560
Fax: +1 (202) 623-2177
E-mail: VPF/SRP@iadb.org