Las Filiales
Las “Filiales” de la Asociación están integradas por grupos de jubilados, residentes en los países miembros, que deciden organizarse a nivel local para contribuir al logro de los objetivos de la Asociación. En este sentido, las Filiales constituyen un vehículo apropiado para canalizar sus preocupaciones y opiniones al Directorio de la Asociación.
- Reglamento Filiales – Actualizado el 27 de julio de 2024
- Estrategia de Comunicaciones con las Filiales – octubre de 2008
En la actualidad existen 16 Filiales:
Requisitos para establecer una Filial
El requisito fundamental para establecer una Filial es que exista un grupo mínimo de cinco jubilados residentes en el país o ciudad respectiva y que estén interesados en formar la misma. La Filial elegirá un Directorio, constituido por un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario/Tesorero, con elecciones celebradas cada dos años.
Según el nuevo Reglamento de las Filiales, aprobado en julio de 2024, el 100% de la cuota de los miembros locales de una Filial se suma a la contribución del 75% de los miembros internacionales que son transferidos anualmente a dicha Filial, como se muestra a continuación:
b) La contribución anual de la Asociación a cada Filial será de hasta 75% de las cuotas pagadas a la Asociación por los miembros internacionales de la Filial específica, así como el 100% de las cuotas pagadas por los jubilados locales que se hayan jubilado después del 1 de enero de 2023.

