Guías

 

Manual de Impuestos (sólo en inglés) y

Preguntas Frecuentes sobre Impuestos y su Pensión

Tax Reimbursement Hanbook June 2019 Deloitte F.A.Qs IDB FATCA Notice

 

Todos los individuos que reciben una pensión del BID (no incluyendo el beneficio de withdrawal) como un jubilado/a, cónyuge sobreviviente, o hijo/a beneficiario bajo el Plan de Retiro del BID que estará sujeto a impuesto bajo las leyes del país de ciudadanía o de residencia serán elegibles a recibir reembolsos de impuestos del BID.

Para mayor información, comuníquese con el equipo de Deloitte (202) 623-2766 ó via correo electrónico a taxconsultants@iadb.org.

Proceso de Reembolso

El método usado por el Banco para calcular los reembolsos de impuestos sobre la pensión es similar al que se emplea actualmente para el reembolso de impuestos federales y estatales de los Estados Unidos pagados por ingresos recibidos del Banco por empleados activos. En el cálculo se utilizan las deducciones pormenorizadas y exenciones personales incluidas por los jubilados en su declaración de renta y tales deducciones y exenciones se aplican en forma proporcional a todas las fuentes de ingreso, incluso al ingreso externo del jubilado. El ingreso del cónyuge también se considera para determinar la tasa imponible efectiva.

El procedimiento de reembolso de impuestos consiste en un ejercicio de dos etapas en las cuales, primero, el anticipo de los reembolsos se realiza en base a estimaciones basadas en información suministrada por el mismo jubilado. La segunda etapa empieza una vez que el jubilado presenta la declaración de impuestos y se puede efectuar la liquidación real correspondiente. Puesto que los anticipos se hacen basándose en estimaciones y los jubilados ratificarán su derecho a recibir reembolso de impuestos sólo en el momento de la liquidación, los pagos por concepto de impuestos se consideran como anticipos y se deberán declarar como renta gravable en el año de la liquidación y no en el de su recibo.

Reembolso Paso a Paso

Etapa 1 – Pago de Anticipos para Impuestos

El primer año en que un jubilado cumple los requisitos establecidos para recibir reembolso de impuestos pagados sobre la pensión de retiro, se puede solicitar al Banco que pague los anticipos correspondientes a los impuestos que generará esa pensión. Dicha solicitud se hará presentando al Banco el formulario 1R de impuestos del BID para calcular el reembolso de impuestos necesario. Después de la revisión y aprobación del Banco, se efectuarán anticipos trimestrales al jubilado para pagar la obligación tributaria prevista.

Etapa 2 – Liquidación de Impuestos

Puesto que el pago de los anticipos para impuestos se hará basándose en estimaciones y el cálculo final del reembolso se hará en base a la información real de la declaración de renta en lo que respecta a ingreso del cónyuge, pensión de retiro, ingreso externo, deducciones pormenorizadas y exenciones personales, los jubilados que reciban anticipos para impuestos deberán presentar sus declaraciones de impuestos al Banco o una compañía externa designada por el Banco a fin de proceder a la liquidación del impuesto final.

Los jubilados proporcionarán la información requerida, la cual deberá incluir una copia de la(s) declaración(es) de impuesto presentada(s) junto con una solicitud de liquidación (formulario de impuestos 7R del BID) debidamente completada.

Por cada año en que el Banco efectúe anticipos para impuestos se debe presentar la solicitud de liquidación (formulario de impuestos 7R del BID). Una vez preparada la(s) declaración(es) de impuestos correspondiente(s) a esos años, esas solicitudes deben presentarse al Banco, o la compañía designada por el Banco, a más tardar la primera semana de julio.

Para mayor información comuníquese con el equipo de Deloitte (202) 623-2766 ó via correo electrónico  taxconsultants@iadb.org.

Reembolso – Declaración de Estado Civil

A continuación se encuentran los procedimientos y criterios del Banco para determinar el cálculo de reembolso de impuestos de acuerdo a su estado civil.

1. Jubilados casados. El Banco basará el cálculo de reembolso de impuestos en el estatus “casados con declaración conjunta”. Favor tomar nota que esta posición es únicamente para propósitos del cálculo de reembolso del Banco. El jubilado está libre aun para presentar su declaración federal y estatal en la manera que crea apropiado.

En casos excepcionales, los jubilados pueden presentar una solicitud por escrito al Jefe de División de Compensación, Beneficios, y Servicios de RRHH para autorizar que el reembolso de impuestos del Banco fuera basado utilizando el estado civil de “casados con declaraciones separadas” (married-filing-separate) si una o más de las siguientes razones se presenta:

  • Utilizar el estatus de “casado con declaraciones separadas” resulta en un reembolso menor que utilizar el estatus de “declaración conjunta”;
  • El cónyuge del jubilado no es residente de los E.E.U.U. pero podría tornarse residente si el jubilado y su cónyuge presentasen sus impuestos bajo el status “declaración conjunta”;
  • Si el jubilado/a no puede proceder con una declaración conjunta debido a dificultades matrimoniales, incluyendo separación o divorcio pendiente.

Los casos aprobados serán válidos únicamente por el año fiscal correspondiente. Pedidos para que el Banco utilice el estatus “casados con declaraciones separadas” deberán ser presentados anualmente y cumplir con el/los requerimiento/s descritos arriba.

2. Para jubilados no casados, el Banco utilizará el estado civil actual para efectos del reembolso de impuestos. Si el jubilado/a no casado tiene dependientes, el Banco puede solicitar que el jubilado/a considere declarar utilizando el estatus de “monoparental” (head-of-household) si fuera elegible.

Para asegurar que el reembolso sea oportuno bajo el estatus apropiado, solicitudes de casos excepcionales deben ser presentadas al buzón de correos de TAXUNIT@iadb.orghasta el 28 de febrero de cada año y serán contestados antes del día 30 de marzo. Casos presentados después de la fecha serán considerados en un periodo de 4 semanas de la fecha de recibo.