FAQ |
01. PENSIONES |
- 1. ¿Cómo puedo cambiar el depósito directo de mi pensión?
Envíe un e-mail a HRD/SRP@iadb.org indicando nombre de su nuevo banco, numero ABA del banco, su número de cuenta, y la cantidad que desea que se deposite en dicha cuenta cada mes. En el caso de que usted prefiera no depositar la totalidad de la pensión en la nueva cuenta, no olvide de incluir las instrucciones de depósito para el resto de su pensión.
- 2. ¿Cómo puedo conseguir una copia del aviso de depósito de mi pensión?
Puede solicitar una copia del aviso de depósito de su pensión contactando a: Pamela Fernandez , al teléfono 202-623-1474, o por e-mail a: Pamelaf@iadb.org.
- 3. ¿Cómo puedo obtener una carta certificando el monto de mi pensión?
Contacte las oficinas del Plan de Jubilación, por e-mail a: HRD/SRP@iadb.org, o por teléfono 202-623-3560.
- 4. ¿Cómo puedo cambiar mi beneficiario en el Plan de Jubilación?
El beneficiario automático en el Plan es su cónyuge o pareja cualificada. Sin embargo, para protegerse ante el caso de que no existan sobrevivientes, debe completar y firmar el formulario de Designación de Beneficiario y entregarlo a las oficinas del Plan de Jubilación. Contacte las oficinas del Plan de Jubilación, por e-mail a: HRD/SRP@iadb.org, o por teléfono al 202-623-3560.
- 5. ¿Cómo puedo notificar al Plan de Jubilación de mi cambio de dirección?
Contacte las oficinas del Plan de Jubilación por e-mail a: HRD/SRP@iadb.org, o por teléfono al 202-623-3560, indicando su nueva dirección. El Plan informará a las demás oficinas del Banco.
- 6. ¿Cómo puedo cambiar el beneficiario del seguro de vida del Plan de Jubilación?
Llene y firme el formulario de Designación de Beneficiario del programa de Seguro de Vida y envíelo a las oficinas de Plan de Jubilación. Contacte las oficinas del Plan de Jubilación por e-mail a: HRD/SRP@iadb.org, o por teléfono al 202-623-3560.
- 7. ¿Qué debo hacer si me caso o divorcio?
Debe entregar una copia certificada del certificado de matrimonio o del decreto de divorcio a las oficinas del Plan de Jubilación. Contacte las oficinas del Plan de Jubilación por e-mail a: HRD/SRP@iadb.org, o por teléfono al 202-623-3560.
- 8. ¿Qué debo hacer y a quién debo notificar sobre la defunción del jubilado o esposo?
Contacte las oficinas del Plan de Jubilación por e-mail a: HRD/SRP@iadb.org, o por teléfono al 202-623-3560. Deberá someter una copia del certificado de defunción.
- 9. ¿Como debo someter anualmente mi certificado de derecho a pensión?
Debe entregarlo personalmente en las oficinas del Plan o al Oficial Administrativo o al Representante en alguna de las Representaciones del Banco. Alternativamente puede enviar una copia notariada del formulario a las oficinas del Plan al Stop E-0507, 1300 New York Avenue, NW, Washington, DC 20577.
- 10. ¿Quién puede ayudarme en materia de impuestos de mi pensión?
Los impuestos sobre las pensiones están a cargo de SRP/Tax Adminstration. Contacte con Taxconsultants@iadb.org o a Isabel Garzon por teléfono al 202-623-2766.
- 11. ¿Quién puede contestar mis preguntas sobre el plan de Seguro Médico?
Los temas de seguro médico de los jubilados están a cargo de la Unidad de Seguros de HRD/COB, al igual que en el caso del personal activo. Contacte con Raquel lopez por email: raquell@iadb.org o por teléfono al 202-623-1637, o Carmen Sanabria por email: mariadcs@iadb.org o por teléfono al 202-623-3137, o Marcelo Wright por e-mail: marcelow@iadb.org o por teléfono al 202-623-2635.
- 12. ¿Quién puede ayudarme con preguntas de carácter general relacionadas con el Plan de Jubilación?
Contacte las oficinas del Plan de Jubilación por e-mail a: HRD/SRP@iadb.org, o por teléfono al 202-623-3560.
02. IMPUESTOS |
1. ¿En qué momento se pagan los adelantos de impuestos?
Los adelantos de impuestos se pagan trimestralmente. El depósito se efectúa el mes anterior a la fecha en la cual debe efectuarse el pago trimestral al IRS y al estado. El calendario de pagos se indica en el formulario 6R. En el aviso de depósito mensual encontrará la información relativa a anticipos de impuestos, bajo Deducciones, línea TAXCRY – “Pensioneer Tax Advance-Current Year”.
2. ¿Por qué no me llegó el pago trimestral?
Revise el memorando de liquidación de reembolso de impuestos (settlement statement) para saber si Ud. le debe alguna cantidad al Banco por adelantos recibidos más allá de lo que le corresponde recibir.
Si Ud. se acaba de retirar, asegúrese que ha sometido al Banco el formulario 1R (IDB Tax Form 1R), con el cual se inicia el proceso de adelanto/reembolso de impuestos.
3. ¿Por qué varía el pago del tercer trimestre?
Una vez finalizado el cálculo de reembolso de impuestos, los pagos trimestrales de adelanto de impuestos se ajustan en base a la liquidación de impuestos correspondiente al año fiscal anterior.
4. ¿Cuándo está disponible la liquidación de reembolso de impuestos?
Las liquidaciones de reembolso de impuestos suelen enviarse a cada jubilado alrededor del día 20 de Agosto, si la información sobre la declaración de renta ha sido remitida al Banco en la fecha prevista para ello.
5. ¿Debo llenar y remitir el Formulario 7R?
Si, ya que dicho formulario contiene información importante para aquellas personas cuyos esposos/as reciben ingresos. Los cálculos de reembolso de impuestos no pueden hacerse sin dicha información.
6. ¿Cómo puedo saber si los documentos enviados para el reembolso de impuestos han sido recibidos por el Banco?
El Banco está trabajando con la Asociación de Jubilados para encontrar una metodología que permita proveer esta información.
7. ¿Dónde debo enviar mis documentos?
Los documentos para la liquidación y reembolso de impuestos deben ser enviados a Deloitte Tax LLP, utilizando uno de las siguientes formas:
1. Fax a 1-703-738-1512.
2. Correo electrónico, enviando documentos protegidos por contraseña a IDBtax@ame1mail.deloitteonline.com. Utilice los cuatro últimos dígitos de su número de seguridad social como contraseña. Si sus documentos no están protegidos, seleccione otra forma de envío.
3. Descargando la información en www.ga.deloitte.com (ver instrucciones para accesar la cuenta). ENLACE A PDF
4. Correo postal a Deloitte Tax LLP, Room 7056, 1750 Tysons Boulevard, McLean, Virginia, 22102.
8. ¿A nombre de quién debo extender mi cheque?
Los cheques deben ser pagaderos a IDB. En el cheque debe indicar su número de empleado y la razón del cheque: “Tax Settlement Year…”
9. ¿Dónde debo enviar el cheque?
Los cheques deben enviarse a: Caja, Stop W1008, 1300 New York Ave. NW. Washington, DC. 20577
10. ¿Qué relación existe entre el reembolso de impuestos y el seguro de vida?
Cuando un jubilado fallece y le debe una suma al Banco como parte de la liquidación de impuestos, el pago del seguro de vida se retiene hasta que la liquidación final de impuestos tiene lugar. En el caso de que los adelantos superen el monto que el Banco debe reembolsar, la cantidad en exceso se deduce del seguro de vida.
11. ¿Cómo funciona el reembolso de impuestos a ser pagados en un país fuera de los Estados Unidos?
Las liquidaciones de impuestos correspondientes a un país fuera de los EE.UU. se calculan manualmente, siguiendo los criterios tributarios del país correspondiente, teniendo en cuenta la moneda y los calendarios respectivos. Los adelantos se realizan de acuerdo al calendario de Estados Unidos.
03. SEGURO MEDICO |
1. ¿Se verán afectados los beneficios del Plan de Salud del IDB por OBAMACARE?
Los beneficios del plan de Salud del BID no se verán afectados por OBAMACARE. Es más, OBAMACARE no ha tenido impacto directo en el Plan de Salud y ninguno de los beneficios cambia.
2. ¿Ha elegido el BID adoptar algunas disposiciones de OBAMACARE?
Han habido algunas disposiciones de OBAMACARE que el BID ha decidido adoptar como práctica recomendada, pero no porque se vio obligado a hacerlo. Entre ellas:
1) No exclusión de condiciones pre-existentes para dependientes de hasta 19 años de edad
2) Cobertura para dependientes hasta los 26 años
3) Actualmente en estudio: la inclusión de consultores de lactancia y la cobertura de extractores de leche
04. MEDICARE |
1. Para aquellas personas que son elegibles en Medicare, part B. ¿Cual es la diferencia entre los procedimientos actuales de reembolso por parte del Banco, de la prima de Medicare Part B y los nuevos procedimientos?
El Banco ha contratado los servicios de P&A Group, una empresa especializada en la administración de beneficios de seguros de salud para el proceso del reembolso de las primas de los participantes elegibles.
2. ¿ Como se solicita el reembolso de la prima de Medicare, part B en el 2015?
Debe enviar una copia de la carta que ha recibido de Social Security Administration, indicando cual será la prima mensual de Medicare Part B para el 2015, junto con la solicitud correspondiente, directamente a P&A Group. Las instrucciones detalladas se encuentran en el memorandum de HRD de 14 de noviembre de 2014.
3. ¿Como se procesa el reembolso de la prima?
A partir de enero de 2015, P&A Group depositará el reembolso de la prima en la cuenta bancaria del beneficiario, cuya información se encuentra ya en el Banco. El reembolso no se incluirá en el pago mensual de la pensión, como se venía hacienda hasta ahora.